martes, 25 de octubre de 2011

ASOCIACIÓN DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS

Las Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos son organizaciones reconocidas dentro del proceso educativo que garantiza la libertad de asociarse para colaborar y participar así, en las tareas educativas del Centro de Enseñanza al que asistan sus hijos.

FINALIDADES

  • Asistir a los padres o tutores en todo aquello que concierne a la educación de sus hijos o pupilos.
  • Colaborar en las actividades educativas de los centros.
  • Promover la participación de los padres de los alumnos en la gestión del centro.
  • Asistir a los padres de alumnos en el ejercicio de su derecho a intervenir en el control y gestión de los centros sostenidos con fondos públicos.
  • Facilitar la representación y la participación de los padres de alumnos en los consejos escolares de los centros públicos y concertados y en otros órganos colegiados.
  • Cualesquiera otras que, en el marco de la normativa, le asignen sus respectivos estatutos.

CONSTITUCION Y ESTATUTOS


  • La constitución de las Asociaciones de Padres de Alumnos se efectuará mediante acta en la que conste la voluntad de varios padres o tutores de crear una Asociación para el cumplimiento de las finalidades referidas anteriormente.
  • Los Estatutos de las APAS deberán contener al menos la denominación de la Asociación, que deberá contener una referencia que la singularice y una indicación al Centro Docente en que se constituye, así como unas finalidades, domicilio (que podrá ser el del Centro Docente en el que se constituye), órganos de gobierno, un procedimiento de admisión de los asociados con carácter voluntario, derechos y deberes de los asociados, patrimonio fundamental, recursos económicos previstos (cuotas de entrada, periódicas o extraordinarias de los socios, subvenciones, legados o herencias que pudiera recibir de forma legal por parte de entidades públicas o privadas, o por personas físicas y cualquier otro recurso lícito) y aplicación que haya de darse al patrimonio de la asociación en caso de disolución y finalmente, un régimen de modificación de los estatutos.

PARTICIPACIÓN EN LOS CONSEJOS ESCOLARES Y EN EL CONSEJO ESCOLAR DEL ESTADO

  • La participación de los Padres de Alumnos en los Consejos Escolares, se realizará a través de sus Federaciones de Asociaciones más representativas en la forma que establezcan las disposiciones de organización y funcionamiento de dichos Consejos.
  • La participación en el Consejo Escolar del Estado se realizará a través de sus Confederaciones más representativas en función del número total de asociaciones integradas en la citada Confederación.

domingo, 16 de octubre de 2011

Las relaciones de la escuela-comunidad en la LOE (2006).

El preámbulo de la LOE hace varias veces hincapié en la necesidad de la denominada comunidad educativa para llevar a cabo plenamente la educación de los alumnos y alumnas.

"Que los objetivos que deban alcanzarse sean asumidos no sólo por las Administraciones educativas y por los componentes de la comunidad escolar, sino por el conjunto de la sociedad."


"Pero la responsabilidad del éxito escolar de todo el alumnado no sólo recae sobre el alumnado individualmente considerado, sino también sobre sus familias, el profesorado, los centros docentes, las Administraciones educativas y, en última instancia, sobre la sociedad en su conjunto, responsable última de la calidad del sistema educativo."

Portada de la LOE (2006)

Los principios de la educación que se recogen en la LOE también recuerdan la importancia de la participación asociaciones, familias, instituciones, profesores, alumnos y el resto de la sociedad.

h) El esfuerzo compartido por alumnado, familias, profesores, centros, Administraciones, instituciones y el conjunto de la sociedad

j) La participación de la comunidad educativa en la organización, gobierno y funcionamiento de los centros docentes

Además, en esta Ley Orgánica de Educación podremos encontrar algunos de los derechos y funciones de las instituciones y asociaciones, que iremos deshojando en próximas entradas más afondo.

Si quieres saber más acerca de Ley Orgánica de Educación (2006) haz click aquí

*Comunidad educativa es el conjunto de personas o agrupaciones que influyen y son afectadas por un entorno educativo.

lunes, 10 de octubre de 2011

Introducción.

Este blog nace con la finalidad de dar mayor conocimiento a las relaciones de los centros educativos con la comunidad en la que conviven.

Entendiéndo siempre la necesidad obligatoria de un entorno educativo que sobrepase lo estrictamente relacionado con el centro escolar, y la necesidad de apoyar en todo lo posible la educación de los más jóvenes, trataremos en él los diferentes valores que podemos darle a la comunidad educativa, como pueden ser:

- Los factores socio-culturales, económicos y lingüísticos.
- Las instituciones y asociaciones.
- La proyección del propio centro hacia la comunidad.
- La participacipación de los padres y madres.
- Las asociaciones de padres y madres de alumnos/as (AMPA)
- La escuela de padres.

...entre otros temas.