lunes, 12 de diciembre de 2011

Entrevista a la concejala de Educación (Ayto Noreña) -Parte I-

La responsable de la concejalía de Educación en el Ayuntamiento de Noreña, Dña. Alicia Muñiz, ha accedido a responder varias preguntas sobre su trabajo dentro de tal concejalía a este blog.

¿Cuáles son las funciones de una concejala de Educación respecto a la educación primaria en un concejo tan pequeño como Noreña?

Las funciones que le corresponden a la concejala de Educación respecto a los centros de educación primaria son los mismos en un municipio pequeño que en uno más grande, aunque claro está, limitadas por sus menores recursos económicos.

Le corresponde a una Concejalía de Educación respecto a la educación primaria:

  • Representación en el Consejo Escolar como órgano de participación en el control y gestión del centro.
  • Servir de enlace entre el centro educativo y el Ayuntamiento.
  • Relación con las instituciones de Educación, principalmente con la Consejería de Educación.
  • Propuesta y apoyo a la implantación de proyectos educativos y programas de mejora de la calidad de la enseñanza.
  • Apoyo institucional a la puesta en marcha de proyectos para la mejora de las infraestructuras y equipamientos del centro.
  • Gestión del mantenimiento, reparaciones menores y limpieza del centro público.
  • Organización de conferencias educativas.
  • Proponer la colaboración, con fines educativos y culturales, con otros centros, entidades y organismos municipales y extramunicipales.
  • Actuar de agente dinamizador e integrador de la comunidad escolar y la actividad cotidiana del municipio.

Colegio Nuestra Señora de Covadonga (Concertado)

Colegio Público Condado de Noreña

En Noreña diferenciamos dos colegios de primaria. Uno público y otro concertado. ¿Qué diferencias existen entre ambos, en cuanto a la función del ayuntamiento?.

La principal diferencia que existe en cuanto a la función del Ayuntamiento en relación con el centro concertado y el centro público de primaria está relacionada con las infraestructuras educativas. El colegio público es propiedad de la Consejería de Educación pero en Ayuntamiento tiene atribuidas las competencias en materia de mantenimiento y reparación de sus instalaciones, teniendo una dotación presupuestaria a tal fin. Sin embargo, el centro concertado es propiedad privada.

No hay comentarios:

Publicar un comentario