lunes, 12 de diciembre de 2011

Entrevista concejala Educación (Ayto. Noreña) -Parte III-


Económicamente en la actualidad ¿qué corre a cargo por parte del gobierno local?

El Ayuntamiento de Noreña cuenta con dotación presupuestaria para hacer frente a los siguientes gastos se producen en el centro público de Educación Primaria:

- Retribuciones de personal (operario).

- Reparaciones, mantenimiento y conservación de edificios.

- Suministro de energía eléctrica.

- Suministro de gas

- Productos de limpieza y aseo.


Además de la suya y el AMPA, ¿existe alguna relación del centro con otros organismos/asociaciones que usted conozca?

A parte de su relación directa con la Consejería de Educación, el centro tiene una relación muy estrecha con el Instituto de Educación Secundaria de Noreña, a través del programa de “preparación de la transición de primaria a secundaria”.

Asimismo, se relaciona con otras asociaciones del municipio como la Banda de Música ya que varios días a la semana parte de los alumnos de la misma utilizan las instalaciones del centro para sus ensayos.

Logo de la Consejería de Educación del Principado de Asturias.

Entrevista concejala de Educación (Ayto Noreña) -Parte II-

La relación existente entre el ayuntamiento, los AMPA’s y el centro ¿es buena?

Sí, es una relación de estrecha colaboración entre todos los miembros de la comunidad educativa del centro con un fin común: lograr y mantener una enseñanza pública de calidad para los escolares del municipio de Noreña y sus alrededores.

¿Cuánto se puede/debe involucrar un ayuntamiento en los proyectos de los centros (como puede ser un proyecto de bilingüismo)?

El Ayuntamiento como institución debe de apoyar e instar a la implantación de todos aquellos proyectos que supongan una mejora en la calidad de la enseñanza que se ofrece a nuestros escolares. Sin embargo hay que tener en cuenta que determinados proyectos son competencia de la Consejería de Educación, como es el caso del proyecto de bilingüismo y que es ésta quién autoriza su implantación cuando el centro cumple con los requisitos exigidos para su implantación. El Ayuntamiento, en este caso, traslada al equipo directivo del centro el interés de las familias y de la propia institución en poder ofrecer a nuestros escolares una educación bilingüe, y solicita al mismo un compromiso para alcanzar cuanto antes los requisitos necesarios para su autorización.

Como es obvio, los especialistas de los centros pedirán material o estructuras al gobierno local ¿cómo se dictamina qué es más necesario dentro de lo solicitado?

La valoración de las peticiones de material o infraestructuras realizadas por parte de los centros educativos al Ayuntamiento se realiza a través del estudio de la competencia en la actuación y de la viabilidad económica. Pueden darse peticiones que no están al alcance del Ayuntamiento por no ser de su competencia. En este caso, se traslada la petición al órgano competente y se insta al mismo al cumplimiento de la dotación requerida por el centro, y en caso de no ser posible, a la propuesta de otra solución.

Entrevista a la concejala de Educación (Ayto Noreña) -Parte I-

La responsable de la concejalía de Educación en el Ayuntamiento de Noreña, Dña. Alicia Muñiz, ha accedido a responder varias preguntas sobre su trabajo dentro de tal concejalía a este blog.

¿Cuáles son las funciones de una concejala de Educación respecto a la educación primaria en un concejo tan pequeño como Noreña?

Las funciones que le corresponden a la concejala de Educación respecto a los centros de educación primaria son los mismos en un municipio pequeño que en uno más grande, aunque claro está, limitadas por sus menores recursos económicos.

Le corresponde a una Concejalía de Educación respecto a la educación primaria:

  • Representación en el Consejo Escolar como órgano de participación en el control y gestión del centro.
  • Servir de enlace entre el centro educativo y el Ayuntamiento.
  • Relación con las instituciones de Educación, principalmente con la Consejería de Educación.
  • Propuesta y apoyo a la implantación de proyectos educativos y programas de mejora de la calidad de la enseñanza.
  • Apoyo institucional a la puesta en marcha de proyectos para la mejora de las infraestructuras y equipamientos del centro.
  • Gestión del mantenimiento, reparaciones menores y limpieza del centro público.
  • Organización de conferencias educativas.
  • Proponer la colaboración, con fines educativos y culturales, con otros centros, entidades y organismos municipales y extramunicipales.
  • Actuar de agente dinamizador e integrador de la comunidad escolar y la actividad cotidiana del municipio.

Colegio Nuestra Señora de Covadonga (Concertado)

Colegio Público Condado de Noreña

En Noreña diferenciamos dos colegios de primaria. Uno público y otro concertado. ¿Qué diferencias existen entre ambos, en cuanto a la función del ayuntamiento?.

La principal diferencia que existe en cuanto a la función del Ayuntamiento en relación con el centro concertado y el centro público de primaria está relacionada con las infraestructuras educativas. El colegio público es propiedad de la Consejería de Educación pero en Ayuntamiento tiene atribuidas las competencias en materia de mantenimiento y reparación de sus instalaciones, teniendo una dotación presupuestaria a tal fin. Sin embargo, el centro concertado es propiedad privada.

jueves, 3 de noviembre de 2011

Actividades extraescolares y complementarias(I)


Actividades extraescolares. Son las encaminadas a potenciar la apertura de centros a la comunidad (entorno) y proporcionar la formación integral del alumnado.

Ejemplos. Baile moderno, fútbol, dibujo, guitarra...




Actividades complementarias. Son las realizadas por el propio centro dentro del horario escolar, con un carácter diferenciado de las propiamente lectivas, por el espacio o recursos que utiliza.

Ejemplos: Visita a un museo, carnaval, amagüestu, día del libro...


*En la próxima entrada profundizaremos en el aspecto de las diferencias entre ambas actividades.

Estas actividades tienen mención (en mayor medida las denominadas complementarias) en los siguientes documentos:

- Proyecto Educativo Curricular.
Es aquí dónde podremos encontrar (o deberemos colocar) los criterios generales para elaborar las mencionadas actividades.

- Reglamento de Organización y Funcionalidad.
En este reglamento se recogerá el funcionamiento de la Comisión de Actividades Extraescolares y Complementarias. Irá mencionado los miembros, las competencias y el calendario de reuniones.

- Plan General de Aula.
En este documento ha de hallarse las actividades que vamos a realizar para un curso concreto (etapas, ciclos, grupos...)

- Actas del Equipo de ciclo.
Aquí se recogerán las actividades promovidas por el Equipo de ciclo, así como su organización.

- Programación de Aula.
Aquí se recogerán las actividades (extraescolares y/o complementarias) que serán necesarias en cada unidad didáctica.

martes, 25 de octubre de 2011

ASOCIACIÓN DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS

Las Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos son organizaciones reconocidas dentro del proceso educativo que garantiza la libertad de asociarse para colaborar y participar así, en las tareas educativas del Centro de Enseñanza al que asistan sus hijos.

FINALIDADES

  • Asistir a los padres o tutores en todo aquello que concierne a la educación de sus hijos o pupilos.
  • Colaborar en las actividades educativas de los centros.
  • Promover la participación de los padres de los alumnos en la gestión del centro.
  • Asistir a los padres de alumnos en el ejercicio de su derecho a intervenir en el control y gestión de los centros sostenidos con fondos públicos.
  • Facilitar la representación y la participación de los padres de alumnos en los consejos escolares de los centros públicos y concertados y en otros órganos colegiados.
  • Cualesquiera otras que, en el marco de la normativa, le asignen sus respectivos estatutos.

CONSTITUCION Y ESTATUTOS


  • La constitución de las Asociaciones de Padres de Alumnos se efectuará mediante acta en la que conste la voluntad de varios padres o tutores de crear una Asociación para el cumplimiento de las finalidades referidas anteriormente.
  • Los Estatutos de las APAS deberán contener al menos la denominación de la Asociación, que deberá contener una referencia que la singularice y una indicación al Centro Docente en que se constituye, así como unas finalidades, domicilio (que podrá ser el del Centro Docente en el que se constituye), órganos de gobierno, un procedimiento de admisión de los asociados con carácter voluntario, derechos y deberes de los asociados, patrimonio fundamental, recursos económicos previstos (cuotas de entrada, periódicas o extraordinarias de los socios, subvenciones, legados o herencias que pudiera recibir de forma legal por parte de entidades públicas o privadas, o por personas físicas y cualquier otro recurso lícito) y aplicación que haya de darse al patrimonio de la asociación en caso de disolución y finalmente, un régimen de modificación de los estatutos.

PARTICIPACIÓN EN LOS CONSEJOS ESCOLARES Y EN EL CONSEJO ESCOLAR DEL ESTADO

  • La participación de los Padres de Alumnos en los Consejos Escolares, se realizará a través de sus Federaciones de Asociaciones más representativas en la forma que establezcan las disposiciones de organización y funcionamiento de dichos Consejos.
  • La participación en el Consejo Escolar del Estado se realizará a través de sus Confederaciones más representativas en función del número total de asociaciones integradas en la citada Confederación.

domingo, 16 de octubre de 2011

Las relaciones de la escuela-comunidad en la LOE (2006).

El preámbulo de la LOE hace varias veces hincapié en la necesidad de la denominada comunidad educativa para llevar a cabo plenamente la educación de los alumnos y alumnas.

"Que los objetivos que deban alcanzarse sean asumidos no sólo por las Administraciones educativas y por los componentes de la comunidad escolar, sino por el conjunto de la sociedad."


"Pero la responsabilidad del éxito escolar de todo el alumnado no sólo recae sobre el alumnado individualmente considerado, sino también sobre sus familias, el profesorado, los centros docentes, las Administraciones educativas y, en última instancia, sobre la sociedad en su conjunto, responsable última de la calidad del sistema educativo."

Portada de la LOE (2006)

Los principios de la educación que se recogen en la LOE también recuerdan la importancia de la participación asociaciones, familias, instituciones, profesores, alumnos y el resto de la sociedad.

h) El esfuerzo compartido por alumnado, familias, profesores, centros, Administraciones, instituciones y el conjunto de la sociedad

j) La participación de la comunidad educativa en la organización, gobierno y funcionamiento de los centros docentes

Además, en esta Ley Orgánica de Educación podremos encontrar algunos de los derechos y funciones de las instituciones y asociaciones, que iremos deshojando en próximas entradas más afondo.

Si quieres saber más acerca de Ley Orgánica de Educación (2006) haz click aquí

*Comunidad educativa es el conjunto de personas o agrupaciones que influyen y son afectadas por un entorno educativo.

lunes, 10 de octubre de 2011

Introducción.

Este blog nace con la finalidad de dar mayor conocimiento a las relaciones de los centros educativos con la comunidad en la que conviven.

Entendiéndo siempre la necesidad obligatoria de un entorno educativo que sobrepase lo estrictamente relacionado con el centro escolar, y la necesidad de apoyar en todo lo posible la educación de los más jóvenes, trataremos en él los diferentes valores que podemos darle a la comunidad educativa, como pueden ser:

- Los factores socio-culturales, económicos y lingüísticos.
- Las instituciones y asociaciones.
- La proyección del propio centro hacia la comunidad.
- La participacipación de los padres y madres.
- Las asociaciones de padres y madres de alumnos/as (AMPA)
- La escuela de padres.

...entre otros temas.